SUCESIONES: DECLARATORIA DE HEREDEROS

Descripción

Este proceso consta de dos etapas: Declaratoria de Herederos por un lado, y la Partición de bienes por el otro. Es un trámite judicial que debe iniciarse en el juzgado que corresponda al último domicilio de la persona fallecida.

La Declaratoria de Herederos es el proceso mediante el cual se fijan, a través de una resolución del juez, quiénes son las personas con derecho en la herencia.

Lo que lográs con este servicio

  • Una resolución judicial que establece con certeza quiénes son los herederos.
  • La base legal necesaria para avanzar con la partición del acervo hereditario.
  • Seguridad jurídica sobre los bienes de la persona fallecida frente a terceros.
  • Acompañamiento en cada notificación y publicación que exige el proceso judicial.

Por qué hacerlo con nosotros

  • Te acompañamos con sensibilidad en un momento personal delicado, sin descuidar la estrategia legal.
  • Nos encargamos de todo: redacción, notificaciones, publicación de edictos y seguimiento judicial.
  • Te asesoramos también sobre los pasos a seguir para la partición de bienes.
  • 100% online — podés iniciar el trámite desde cualquier lugar del país.

Documentación necesaria

  • Foto DNI del/los solicitantes.
  • Partida de defunción de la persona fallecida.
  • Partidas que acrediten el vínculo de los herederos con la persona fallecida (o los datos necesarios para poder requerirlas al Registro Civil).

¿Cómo es el proceso?

  1. Te solicitaremos todos los datos para proceder a redactar la solicitud de declaratoria de herederos.
  2. Redacción de la solicitud de declaratoria de herederos, notificación de las partes y publicación de edictos.
  3. Obtenida la resolución que establece quiénes son los herederos, se habilita la posibilidad de iniciar con la partición del acervo hereditario.

Gastos del trámite

  • Tasa de Justicia (genérica, ya que no se declara ningún bien por el momento).
  • Tasa administrativa para el pedido de informe y/o inscripción en el Registro de Juicios Universales.
  • Publicación de edictos.
  • Pedido de actas al Registro Civil.

La resolución judicial se obtiene en un plazo de 3 a 5 meses aproximadamente. El proceso de partición no tiene un plazo estipulado; puede hacerse por etapas de acuerdo a la decisión de las partes.

 

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